Como adelantara ayer, durante la medianoche se publico en el Boletín Oficial el DNU 528, mediante el cual se dispone la extensión del pago de indemnización agravada en caso de despido injustificado.
El DNU no contempla ninguna variación a su antecesor, solo se extiende por 180 días, por lo que tendrá vigencia hasta fin de año.
La existencia de este es controvertida, mas cuando también esta operativa la prohibición de despidos, extendida hace pocos días por el plazo de 60 días.
La explicación es sencilla: el Gobierno pretende impedir, también, los despidos directos (con causa) y por ello la prórroga de el DNU de referencia.
Es importante estar atento a las causas que puedan determinar un despido justificado, deben contemplar el respaldo para que en cede judicial sustente la causa sin dar lugar a duda.
Les adjunto el DNU 528/2020
Atte.
Martin Pianciola
MPAbogados
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