El Gobierno extendió hasta el 30 de septiembre la prohibición de los despidos sin causa y las suspensiones unilaterales por fuerza mayor o caso fortuito.
El DNU tiene las mismas características que el primero y su prorroga (329/2020 y 487/2020). Puntualmente prohíbe “efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor” por 60 días más, es decir hasta fin de septiembre, y también “efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo”. Al igual que en las anteriores ocasiones quedarán exceptuadas de la prohibición las suspensiones acordadas con el sindicato correspondiente (art 223 bis LCT).
Nada nuevo, ni diferente a lo que charlaramos en el conversatorio, al cual remito los conceptos vertidos.
Saludos cordiales,
Martin Pianciola
MPAbogados
+54 9 2995834089